Seguro que no he sido el único que, ante un católico que afirmaba la posibilidad de defenderse ante algún ataque, sea personal o a la sociedad en su conjunto, ha visto cómo incluso otros católicos se le echaban encima recordándole que hay que poner la otra mejilla. Bueno, pues por ese motivo me he decidido a resumir en 10 puntos la doctrina sobre la legítima defensa recogida en el Catecismo de la Iglesia Católica en sus epígrafes 2263-2267. Espero que contribuya a recordar una doctrina que parece a veces un poco olvidada:
- Se habla de la legítima defensa en el capítulo segundo: «Amarás al prójimo como a ti mismo«, en el artículo 5, sobre el quinto mandamiento: «No matarás«.
- Defenderse de alguien no implica que se produzca una excepción al mandamiento antes mencionado. No quiere decir que no se ame a esa persona. Ni siquiera que se desee provocarle daño o la muerte.
- Se basa en el amor a sí mismo, implícito en el mandamiento «amarás al prójimo como a ti mismo«.
- Si para neutralizar al agresor se hace necesario matarlo, no se es culpable de homicidio. En cualquier caso, hay que buscar usar de la violencia de forma mesurada.
- El derecho a la legítima defensa es válido tanto para individuos como para la sociedad.
- Cuando se es responsable de la vida de otro, el derecho a la legítima defensa se convierte en un deber grave. Ojo, ya no es sólo un derecho. Se está obligado a la defensa.
- El punto 6 implica que, por tanto, quien tiene la autoridad legítima, tiene el derecho a rechazar, incluso con las armas, a los agresores de la sociedad civil de la que son responsables.
- Por el bien común, el Estado crea normas de convivencia y aplica penas proporcionadas a cada delito. O, al menos, debería ser por el bien común.
- Las penas tienen un triple objetivo: reparación del desorden provocado, expiación (si se acepta voluntariamente por el culpable) y medicinal, para contribuir a la enmienda del culpable.
- No se excluye el recurso a la pena de muerte si resultara imposible defender eficazmente del agresor injusto la vida de las personas por medios incruentos. De lo contrario, sólo se deben utilizar estos métodos.
Como podéis ver, los católicos no sólo tenemos el mismo derecho que todos los demás a defendernos, sino que, además, en ocasiones tenemos la obligación de hacerlo. Recomiendo leer tranquilamente los epígrafes mencionados, donde se expone el tema con más detalle.